Así, una vez que entre en vigor la reforma, las bicicletas podrán circular por el centro de la calzada -y no por la derecha- en las llamadas “zonas 30”: calles en las que la velocidad máxima se fijará en los 30 kilómetros por hora, un límite que se hará visible mediante marcas en el asfalto o con un estrechamiento en el comienzo de esas vías.
Hasta ahora, las bicicletas estaban “marginadas”, ya que debían circular obligatoiamente por la derecha, señaló el subdirector de Nomativa de Tráfico, Ramón Ledesma, La reforma también dejará abierta la posibilidad de ue los Ayuntamientos permitan la circulación de las bicicletas en el sentido contrario a la marcha del resto e los vehículos, algo que actualmente está prohibido.
POR LAS ACERAS. La modificación del Reglamento establecerá además unos mínimos para que los municipios egulen en sus ordenanzas la circulación de las bicicletas por las aceras, de modo que
esté permitida si tienen más e tres metros de ancho y siempre que el ciclista no se acerque amenos de un metro e las fachadas de los edificios. La normativa prohíbe ahora la circulación por las aceras.
Fuente: lagacetadesalamanca.es