Nueva Regulación de Ciclos y Bicicletas.

Feb 6, 2016

Informar a los ciclistas que a través del Real Decreto 339/2014, en vigor desde el 22/11/2014 se liberaliza la fabricación y venta en España, por lo cual podemos “construir” nuestras bicicletas, ciclos, y ciclos de pedaleo asistido sin certificación del Ministerio de Industria.

 

Poco a poco hay ciclistas que van construyendo sus bicicletas, podemos verlo en las masas críticas que se celebran en España, incluyendo la de Salamanca.

Aquellos ciclistas que estén realizando sus “construcciones” nos pueden enviar sus experiencias al correo electrónico info@guardabarros.org y las publicaremos en nuestra web.

Agradecer a Ignacio Gamero por informarnos de este tema interesante el cual está elaborando un prototipo de ciclo, equipado con motor 

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Estas construcciones se permiten gracias a que ha cambiado la normativa y como muchos todavía desconocemos os informamos con detalle:

Real Decreto 339/2014, de 9 de mayo, por el que se establecen los requisitos para la comercialización y puesta en servicio de las bicicletas y otros ciclos y de sus partes y piezas, y por el que se modifica el Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre. (BOE núm. 124, de 22 de mayo de 2014)

  El Consejo de Ministros aprobó, a instancias del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, el proyecto de Real Decreto sobre comercialización y puesta en servicio de las bicicletas y otros ciclos y de  sus partes y piezas, que tiene como objetivo modernizar la regulación existente y reducir las cargas administrativas.

 Entre los aspectos más importantes destaca la definición del “ciclo” como todo vehículo provisto de, al menos, dos ruedas y propulsado exclusiva o principalmente por la energía muscular de la persona o personas que están sobre el vehículo, en particular por medio de pedales.

 Entran dentro de esta categoría las bicicletas de paseo, las de carrera, las de montaña, las bicicletas para niños, los ciclos de más de dos ruedas (triciclos y cuadriciclos), los ciclos con asistencia eléctrica y las bicicletas EPAC (Ciclos con Poder Eléctrico Asistido, recogidos en la norma europea EN 15194), así como los accesorios de todos ellos.

 La nueva normativa establece, además, los requisitos que deben reunir los ciclos, la definición de sus partes y las piezas que vayan a ser comercializados o utilizados en el territorio nacional. 

 Por otro lado, desaparece el control previo por parte de las Administraciones Públicas en la homologación de la bicicleta y se sustituye por una  ‘declaración de conformidad’ por parte de los agentes económicos. Esto supone una reducción de cargas administrativas.

 Las Comunidades Autónomas serán quienes vigilarán que todos los ciclos comercializados en territorio español cumplan los requisitos establecidos en el Real Decreto.

 El proyecto recoge un régimen sancionador mediante la simple remisión al sistema de infracciones y sanciones previsto en el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.

 Publicación:    BOE nº 124 de 22/05/2014, p. 39098 a 39108 (11 páginas)

Ver documento: BOE-A-2014-5399