Bicis y motos protagonizan la nueva campaña de concienciación de Tráfico

May 19, 2016

Incremento de la vigilancia a pie de carretera y desde el aire para que todos los conductores respeten las normas de seguridad vial establecidas. La campaña se desarrollará durante los dos últimos fines de semana de mayo.

 Incremento de la vigilancia a pie de carretera y desde el aire para que todos los conductores respeten las normas de seguridad vial establecidas. La campaña se desarrollará durante los dos últimos fines de semana de mayo

 La presencia de motoristas y ciclistas en las carreteras, sobre todo los fines de semana y en especial en los meses de primavera y verano, lleva a la Dirección General de Tráfico a realizar una campaña de concienciación sobre la responsabilidad que los distintos usuarios de la vía tenemos, realizando una conducción respetuosa con el resto de usuarios, en especial con los vehículos de dos ruedas (motoristas y ciclistas) que son los más vulnerables.

 La campaña se desarrollará durante los dos últimos fines de semana del mes de mayo (21-22 y 28-29), periodos durante los cuales los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil vigilarán a pie de carretera y desde el aire, con los helicópteros de la DGT, que los distintos conductores respetan las normas de seguridad vial establecidas, mejorando su propia seguridad y la del resto de usuarios.

 Para ello, se incrementará la presencia de los agentes de Tráfico en los tramos de carreteras que habitualmente son transitados por motoristas y ciclistas, para vigilar que la convivencia de estos tipos de ciclos con el resto de vehículos sea la adecuada.

 Normativa

 Una de las conclusiones que se extraen del barómetro de la Bicicleta es que seis de cada diez españoles no conoce la normativa sobre circulación de bicicletas, incluidos cuatro de cada diez usuarios de bici, motivo por el cual, durante la campaña, los agentes recordarán a los conductores que paren e identifiquen las normas a cumplir, tanto si es conductor de una bicicleta o moto o si se es conductor de cualquier otro vehículo.

 Adelantamiento a ciclistas: Aunque ya se recogía en el Reglamento de Circulación, se ha elevado de rango normativo al incorporarlo a la Ley de Seguridad Vial con el fin de reforzar la seguridad de los usuarios de ciclos.

 El vehículo que adelante a un ciclista o conjunto de ellos, deberá realizarlo ocupando parte o la totalidad del carril contiguo o contrario de la calzada, pudiendo rebasar la línea continua, siempre en condiciones de seguridad y guardando una distancia de seguridad mínima 1,5 metros.

 Está prohibido adelantar a un ciclista si dicha maniobra puede poner en peligro o entorpecer la marcha de los ciclistas, que circulen tanto en el mismo sentido como en el sentido contrario al vehículo que se va a adelantar.

 Los ciclistas tienen prioridad de paso respecto a los vehículos de motor, cuando, circulando en grupo, el primero haya iniciado ya el cruce o haya entrado en una glorieta. Es decir, cuando los ciclistas circulan en grupo son considerados como una única unidad móvil de los efectos de prioridad de paso.

 Los ciclistas pueden circular en paralelo, en columna de a dos, siempre lo más a la derecha posible de la vía y colocándose de uno en uno en tramos sin visibilidad ( Art 36.1 RGC). Asimismo, están obligados a utilizar el arcén, en el caso de que no exista vía o parte de ella que les esté especialmente destinada. Si el arcén no fuera transitable, podrán utilizar la parte imprescindible de la calzada.

 En autovías solo podrán circular por el arcén, y siempre que sean mayores de 14 años, y no esté específicamente prohibido por la señal correspondiente. Además, no se consideran adelantamientos los producidos entre ciclistas del mismo grupo.

 El uso del casco es obligatorio en vías interurbanas para todos los usuarios de bicicleta. En las vías urbanas su uso es obligatorio para los menores de 16 años tanto si son conductores como ocupantes de bicicleta. Para los mayores de 16, no es obligatorio, aunque Tráfico recomienda su uso.

 Es obligatorio para los ciclistas, tanto en carretera como en zona urbana, el uso de luz delantera y reflectante trasero en la bicicleta, así como el uso de una prenda reflectante cuando se circula de noche.

 Los ciclistas, al igual que el resto de conductores de otros vehículos están obligados a someterse a las pruebas de alcohol y drogas cuando les sea requerido en un control preventivo, se encuentren implicados en un accidente de tráfico o hayan cometido alguna infracción. En estos casos, solamente se le aplica la sanción administrativa, no la detracción de puntos ya que éstos van vinculados a un permiso de conducción.

 Asimismo, los ciclistas como conductores tienen que cumplir el resto de normas establecidas en la legislación de tráfico y seguridad vial.

Fuente: salamanca24horas.com